Javier Ramírez
Resumen Se ofrece en este artículo un conjunto de datos inéditos que permiten conocer los sucesivos propietarios y otros hechos de interés relativos al Corral del Carbón, importante monumento granadino del periodo nazarí. Concretamente, gracias a la documentación analizada, sabemos que, después de ser propiedad de distintos miembros de la familia Arana, el inmueble llegó a poder de Doña Magdalena de Padilla, abuela de la condesa consorte de Medellín, pasando de esta última, a través de comerciantes genoveses, a Don Sebastián de Prado, el cual vinculó el Corral a un mayorazgo en el que permanecería hasta que, a mediados del siglo xix, su titular lo vendió al Conde de Casa Valencia. Se aportan, además, algunos datos acerca de su utilización como casa de vecinos y pequeñas tiendas, y sobre sus rentas, gastos y reparaciones. Por último, se recogen noticias de otras antiguas edificaciones granadinas vinculadas a dicho mayorazgo, especialmente sobre el Cortijo de la Torre de Roma.
Palabras Clave Granada; monumentos nazarís; Corral del Carbón; Torre de Roma
Abstract This article provides a set of unpublished data that allows us to learn more about the owners of the Corral del Carbon of Granada, an important monument from the Nasrid, period and other interesting facts. Specifically, thanks to the documents analyzed, we know that after belonging to different members of the Arana family, the property came into the possession of Doña Magdalena de Padilla, grandmother of the Countess consort of Medellin. After that, the property, through Genoese merchants, passed into the hands of Don Sebastian Prado, who incorporated the Corral del Carbon into an entailed estate in which it would remain until the mid-19thcentury, when its owner sold it to the Count of Casa Valencia. Some data on its use as a tenement and small store house are also provided, as well as the income it provided, expenses and repairs. Finally, information about other historic buildings of Granada linked to that entailed estate are included, especially regarding the Cortijo de la Torre de Roma.
Keyworwds Granada; Nasrid monuments; Corral del Carbón; Torre de Roma
Cómo citar / How to cite Ramírez, J. Algunos datos inéditos sobre el Corral del Carbón y otras antiguas edificaciones granadinas. Cuadernos de la Alhambra. 2018, 49, 129-142. ISSN 0590-1987.
Está bastante generalizada la idea de que el coleccionismo puede ser fuente de grandes satisfacciones, siempre que se practique de forma moderada y de acuerdo con nuestras limitadas posibilidades, pues los hay que por hacerse con un artefacto perfectamente inútil han dejado sin comer a la familia, evitando, además, las ilusorias expectativas que una fértil imaginación puede desplegar sobre el objeto de nuestros deseos, atribuyendo, por ejemplo, el más fantástico origen a la materia más común.
Pero rechazando estos excesos, fruto del extremado apasionamiento, el coleccionar objetos, como libros raros o manuscritos antiguos, puede proporcionarnos sabiduría y entretenimiento en abundancia. Rastrear el contenido de viejos papeles, con su extraña ortografía y bella caligrafía, nos evadirá de nuestros enojosos problemas cotidianos y será fuente de múltiples conocimientos, que en los casos más afortunados podrán tener cierta novedad e importancia. Creo que es el caso de los papeles de los que voy a tratar en estas líneas: un lote de documentos que localicé en una desvencijada almoneda madrileña referidos a varias antiguas edificaciones granadinas, entre las que destaca singularmente el Corral del Carbón, construcción del periodo nazarí destinada originariamente a alhóndiga o almacén de trigo.
Además de sobre este importante monumento, los manuscritos en cuestión tratan sobre numerosas propiedades que estuvieron vinculadas durante más de 200 años al mayorazgo fundado, a finales del siglo xvi, por el matrimonio formado por Don Sebastián de Prado, aposentador de los reyes católicos y alcaide de la Alhambra, y por su mujer, Doña María de Viedma.
Los inmuebles que constituían el mayorazgo, aparte de la mencionada alhóndiga, denominada en la documentación Mesón del Carbón, hasta que a comienzos del siglo xix se trasmutase en Corral del Carbón, consistían en varias casas y tiendas situadas estratégicamente en el meollo de la capital granadina, Zacatín, Alcaicería, Bibarrambla, calle de San Jerónimo, que producían las correspondientes rentas que se veían complementadas con las que generaban otros importantes predios rústicos, varios cármenes en el Fargue y sobre todo el Cortijo de la Torre de Roma, afamada finca que alberga en su seno la vetusta construcción defensiva de origen árabe que le ha dado nombre.
El conjunto documental en cuestión está formado por diversos tipos de papeles, todos ellos provistos de un marcado carácter utilitario, al estar destinados a la ordenada administración del mayorazgo, consistiendo en recibos, cuentas justificativas, presupuestos de obras, borradores de declaraciones catastrales, alguna relación de bienes y varios inventarios del contenido del archivo del mayorazgo, siendo, sin duda, los documentos de esta última tipología los más relevantes, pues nos van a permitir reconstruir la historia jurídica de los bienes que componían el mayorazgo hasta tiempos recientes, asunto este del que se tenía muy vaga noticia en lo que respecta a su elemento más significativo, el Corral del Carbón.
Claro que sí pudiéramos disponer de las escrituras concretas que aparecen inventariadas, algunas de ellas apergaminadas, nuestro grado de conocimiento sobre las antiguas edificaciones granadinas que componían el mayorazgo aumentaría sensiblemente. Nada he podido averiguar sobre el destino de esta parte importante del archivo, aunque cabe la posibilidad de reconstruirlo, por lo menos parcialmente, gracias a que en los mencionados inventarios, habitualmente se hace constar fecha y escribano ante el que se otorgaron los correspondientes instrumentos públicos, facilitando su indagación en el archivo de protocolos pertinente, tarea pendiente para futuras investigaciones.
Del fundador del mayorazgo, Don Sebastián de Prado, poco sabemos, más allá de que logró reunir cuantiosos bienes ubicados en Granada y su vega, y de de que se proclamaba en la documentación aposentador de los Reyes Católicos y Alcaide de la Alhambra.
Respecto del título de aposentador de los Reyes Católicos, señalar que debió serlo, no de Isabel y Fernando, sino de las concretas personas reales que en el momento de desempeñar supuestamente este cargo palaciego ocupaban el trono, presumiblemente Felipe ii y alguna de sus esposas, ya que Don Sebastián, junto a su mujer, fundaron formalmente el mayorazgo en Granada, el día 15 de septiembre de 1592, ante el escribano Diego Jerez, practicando una nueva agregación de bienes el 15 de junio de 1603, ante Gaspar de Carmona.
Además de este cargo cortesano, en la documentación del mayorazgo se le nombra como Alcayde de la Alhambra, oficio este que, al igual que el de aposentador, no hemos podido contrastar que ejerciese efectivamente.
El Mesón del Carbón
Hasta ahora solo sabíamos que el hoy conocido como Corral del Carbón había sido una alhóndiga propiedad de las reinas moras, cuyo dominio traspasaron, junto a otros bienes, al Conde de Urueña. Sin embargo, dicha venta fue rescindida a favor de los Reyes Católicos, concediendo estos posteriormente su tenencia a su criado y mozo de espuelas, Sancho de Arana, según cédula de 14 de octubre de 1494, transformándose esta precaria situación en definitiva en virtud de la donación formalizada el 20 de diciembre de 1500.
Gracias a la documentación del mayorazgo fundado por Sebastián de Prado ahora sabemos que el inmueble también fue propiedad de Martín Sánchez de Arana el cavallero, pasando después a su hijo y heredero, Juan Martínez de Arana, el cual traspasaría el meson que llaman del Carbón, q antes era Alhondiga del trigo, con el agua y demás q le pertenecía 1, a Doña Magdalena de Padilla, en precio de 3.700 ducados, según escritura otorgada ante el escribano de Granada Juan de Carmona el año de 1530 2.
Esta Doña Magdalena de Padilla casó con Don Antonio de Bobadilla, de cuyo matrimonio nacería Don Pedro de Bobadilla, que a su vez casaría con Doña Mariana de Guzmán, los cuales fueron progenitores de Doña Magdalena de Bobadilla, una de las esposas que tuvo Don Gerónimo Portocarrero, iv Conde de Medellín.
La propiedad del Mesón del Carbón debió seguir esta línea genealógica, si nos atenemos a que el 31 de julio de 1582 se pronunció sentencia de vista y revista por la que se declararon bienes libres, pertenecientes al Conde de Medellín, como heredero de Doña Magdalena de Bobadilla, condesa que había sido de Medellín, además de dicho Mesón, las casas contiguas a él y las de la calle del ABC, las cuales formaban, al parecer, una cierta unidad. El pleito a que daba respuesta la sentencia mencionada, se había entablado entre el Conde de Medellín, Don Rodrigo Gerónimo Portocarrero, y Don Pedro de Bobadilla y Peñalosa, tratando de dilucidar sí las anteriores posesiones y el Cortijo de Roma pertenecían o no al mayorazgo que había fundado Don Antonio Peñalosa, ascendiente materno de Don Antonio de Bobadilla, abuelo de la condesa Magdalena 3. La pretensión fue desestimada por cuanto como hemos visto anteriormente, los mencionados bienes provenían originalmente de Doña Magdalena de Padilla y no de la rama de los Bobadilla.
Sin embargo, finalizado este pleito, no permanecerían formalmente mucho tiempo estos inmuebles en poder del Conde, pues el 25 de septiembre de 1590, ante el escribano Juan Fernández de Molina, Don Gerónimo Portocarrero vendió a Gaspar de Grimaldo, genovés, por 11.000 ducados, el cortijo de la torre de Roma con su casa torre y tierras que lindan con el cortijo de Zijuela, y el meson de la Puentte del Carbon con las tiendas y posesiones a el anexas y las casas que llaman del ABC que son quince y una covacha 4. De dicha escritura se hizo posteriormente un traslado en Madrid, ante Fernando Gómez Ramírez en el año de 1592.
Poco después, Gaspar de Grimaldo, de profesión comerciante, por varias partidas que había recibido y había de tomar a cambio, se obligó con el también genovés, y seguramente pariente, Lázaro Grimaldo, al pago de determinadas cantidades, para cuya seguridad hipotecó el Cortijo de Roma, el Mesón del Carbón y las Casas del ABC, ante el escribano de Madrid, Pablo Cuadrado, el 11 de marzo de 1592 5.
No sabemos que pudo ocurrir en este periodo para que el 10 de diciembre de 1596, ante el escribano de Madrid, Martín de Lasso, el Conde de Medellín vendiera de nuevo a Gaspar Grimaldos los mismos inmuebles de 1590, por precio de 11.000 ducados y una carga de 3.000 ducados de censo 6.
Quizá la escritura de 1590 tuviera algún defecto de forma que hiciese necesaria una nueva venta, aunque el inventario de escrituras aporta un nuevo elemento de incertidumbre, pues figura en él una copia de la escritura otorgada en Granada el 22 abril 1603, ante Luis de Monsalve 7, en la cual se hacía constar que en el año de 1595 se había trasmitido el Cortijo de Roma de Gaspar Grimaldos a Alonso de Prado, otra compra más, de uno solo de los elementos del lote, y en otra fecha, declarando, además, Alonso de Prado, que dicha adquisición había sido hecha en realidad para sus padres Sebastián de Prado y María de Viedma.
El hecho de ocultar el verdadero propietario del cortijo, Sebastián de Prado, parece repetirse respecto de todo el lote y en referencia al Conde de Medellín, sí nos atenemos al texto literal con que fue inventariada en 1725 una escritura de transacción, cesión y venta hecha en 1599 ante el escribano de Granada Rodrigo Álvarez 8, según el cual Pablo Agustín Espínola como heredero de Lázaro Grimaldo, afirmaba que el dho Gaspar de grimaldos tenía y poseía el Cortijo de Roma, el Mesón del Carbón y las casas de la calle del ABC por cuenta del conde de medellin.
Sabemos por otro lado, que la contraparte de Pablo Agustín de Espínola y de una hija y heredera de Gaspar Grimaldo en la mencionada transacción de 1599 9, fue Sebastián de Prado, el fundador del vínculo, que de este modo, por el exiguo precio de 1.650 ducados, y para cortar pleitos, pudo conseguir que le cedieran con varias seguridades y saneamientos, la propiedad derechos y acciones del lote compuesto por el Cortijo de Roma, el Mesón del Carbón y las Casas del ABC.
¿Qué pleitos eran esos que se trataban de cortar con la mencionada transacción? No lo sabemos, pero a las sospechas de simulación señaladas anteriormente, el hecho de que Gaspar Grimaldo poseyera los bienes por cuenta del conde de Medellín, y que Alonso de Prado comprara el cortijo de Roma por cuenta de Sebastián de Prado, se añade la circunstancia de que este personaje, Sebastián de Prado, había sido durante algún tiempo administrador de los bienes que el conde de Medellín poseía en el término de Granada, según escritura de poder otorgada a su favor en dicha villa, a 25 de febrero de 1576, ante el escribano Pedro Ramírez 10.
Todas estas extrañas circunstancias nos llevan a pensar en oscuros negocios que era preciso ocultar o, quizás, que pudiéramos estar ante el caso bastante frecuente, de que por medio de testaferros o personas interpuestas, el administrador termina haciéndose con los bienes del propietario absentista.
De cualquier manera, el beneficiario final de todas estas sospechosas operaciones fue Sebastián de Prado, el fundador del mayorazgo al que fueron a parar tan importantes inmuebles.
Examinadas estas inusuales operaciones, conviene pararse a tratar sobre el problema suscitado, por aquellas fechas, respecto del suministro de agua al Mesón del Carbón y a las colindantes Casas del ABC.
Para solucionar el problema de abastecimiento que dichos inmuebles sufrían, los padres de la condesa de Medellín tuvieron que imponer sobre ellos un censo a cambio de que Pedro de Bobadilla y Peñalosa suministrase agua proveniente de las casas en las que vivía. Posteriormente, al adquirir Sebastián de Prado el Mesón y las casas del ABC, llegó a una transacción con Pedro de Bobadilla, mediante escritura otorgada el 30 de marzo de 1602 ante Antonio de los Ríos, escribano de Granada, por la que Pedro se obligaba a proporcionar toda el agua que se repartía en el cauchil del Bañuelo, que estaba detrás del patio de las paneras, y toda la que venía del pilar de los cavallos, sin que se apartase parte alguna, comprometiéndose a cambio Sebastián a pagar a Pedro el mencionado censo, cuya principal deudora era la condesa de Medellín 11.
Como consecuencia de este acuerdo, se siguieron unos autos y se otorgó una licencia para encañar el agua desde la casa de Pedro de Bobadilla al Mesón del Carbón y Casas del ABC 12, y además, al pagar 135.435 maravedíes del mencionado censo, que debían estar atrasados, Sebastián de Prado se subrogó en el derecho de Pedro de Bobadilla a cobrar dicha cantidad de los condes de Medellín 13.
Consta por otra parte que los condes de Medellín, como dueños del Mesón del Carbón, denunciaron la obra nueva hecha por Melchor Ruíz, sobre labrar unas casas junto dicho mesón 14, y que años después, en 1606, Sebastián de Prado denunció a Dionisio Osorio sobre que el referido labraba y hacía obra derribando una pared en perjuicio de las casas de la calle del ABC 15.
IL. 1. Inventario de escrituras del mayorazgo, 1725
IL. 2. Inventario de escrituras del mayorazgo, 1725
Una vez incorporado el Mesón del Carbón y las colindantes Casas del ABC al mayorazgo fundado por Sebastián de Prado, dichos bienes permanecieron en dicho vínculo hasta el primer tercio del siglo xix, por lo que para conocer sus vicisitudes debemos referirnos a sus sucesivos titulares, además de hacer referencia a cuantos datos interesantes o novedosos aporta la documentación conservada.
En este sentido desconocemos en qué fecha se produjo el fallecimiento de Sebastián de Prado, pero sabemos que por escritura otorgada en Granada, el 23 de marzo de 1607, ante el escribano Gregorio de Arriola, el Monasterio de San Jerónimo de dicha ciudad le había vendido una capilla en el claustro principal, en la acera de la sacristía para su entierro y el del doctor D Juan Villén de Viedma y sus descendientes, detallando el correspondiente inventario que dicha capilla era la primera del rincón, lindando con la del licenciado Diego del Rincón y la de D. Cristóbal de León 16.
También sabemos que Sebastián y su mujer, al tiempo de instituir su mayorazgo, el 15 de septiembre de 1592, dotaron una capellanía en dicho Monasterio de San Jerónimo, dotada con 17.000 maravedíes de renta anual con la carga de 160 misas por el alma de sus fundadores y descendientes 17.
A Sebastián debió suceder en el mayorazgo, bien su hijo, Alonso de Prado, casado con María de Gámez, o bien directamente su nieto, hijo legítimo de los anteriores, José Domingo de Prado, último poseedor de su línea, pues a su muerte se desencadenó un pleito entre María de Vivero y Prado contra Beatriz y Mariana de Prado, los maridos de estas y otros consortes. El litigio se resolvió a favor de María de Vivero, según ejecutoria ganada en 1667 en la Real Cancillería de Granada 18.
María era hija de Pedro de Vivero y Prado y de Beatriz de Oviedo, hija ésta a su vez de Leonardo de Oviedo, constructor del Corral de Comedias de Almagro, cuya propiedad también pasó finalmente a manos de María, lo que de alguna manera, además de las evidentes similitudes constructivas entre ambas edificaciones, pudiera explicar la atribución de este mismo uso teatral al Mesón del Carbón granadino, del que no hemos encontrado noticias en la documentación del mayorazgo 19.
Después de María de Vivero, sucedió en el vínculo Bernardino Luis de Villareal y Oviedo, hijo suyo y de Bernardino Luis de Oviedo, debiéndose señalar que tanto los Oviedo como los Villareal eran importantes familias almagreñas de origen judío 20.
A la muerte de Bernardino sucedió en el mayorazgo Antonio de Villareal, el cual lo poseyó, al menos, entre el periodo comprendido entre los años de 1683 al de 1695 21. En 1704 el poseedor era Francisco de Villareal Acuña y Prado, capitán de cavallos corazas, caballero de la Orden de Calatrava, vecino de Almagro, sucediéndole en el vínculo, según autos formados en 1708 ante Gerónimo de Vargas Machuca, su hijo, Bernardino Antonio de Villareal Acuña y Prado 22.
Es a partir de esta época, comienzos del siglo xviii, cuando encontramos en la documentación del mayorazgo relaciones detalladas de sus gastos e ingresos utilizadas para la rendición de cuentas por los administradores.
En 1725, Bernardino, trastocando al parecer el orden de alguno de sus apellidos, pues se nombraba entonces como Bernardino de Villareal Prado y Zesar, era hijo legítimo de Francisco de Villareal y Prado y de Josefa Gudiel de Bargas, estando por aquel entonces sujeto a la tutoría y curaduría de D. Baltasar Vélez Sendín, Caballero de la Orden de Calatrava 23. En estas fechas se elabora un inventario de la documentación obrante en el archivo del mayorazgo.
En 1779, con motivo del fallecimiento de Bernardino, su administrador Pedro de Vera López, hace un nuevo inventario detallado de los títulos y papeles del mayorazgo para conocimiento del nuevo sucesor en el vínculo, José de Rosales y Corral, Consejero en el Real de Ordenes.
En 1791 el titular del mayorazgo era Antonio Junco Pimentel, casado con María Antonia de Rosales y Ángulo, cuya hija, María Josefa de Junco Pimentel y Rosales, marquesa consorte de Hormazas, heredaría el vínculo. Sería precisamente esta señora la que vendería, en 1840, el Mesón del Carbón a su pariente el Vizconde del Portón y Conde de Casa Valencia, siendo el resto de las vicisitudes sufridas por dicho edificio suficientemente conocidas 24.
Las diversas dependencias del Corral del Carbón, caballerizas, cuartos del corredor bajo y alto, así como las viviendas de las casas del ABC, estaban todas ellas destinadas, al menos desde comienzos del siglo xviii, al arrendamiento a particulares, aunque la renta que podían proporcionar fuera escasa, por los muchos vacíos y malas pagas a causa de ser muy pobres y de poca satisfacción muchos de los inquilinos que viven dichas posesiones 25. Algo más regular, aunque también escasa, dada su reducida dimensión, debía ser la renta que proporcionaban las tres pequeñas tiendas fuera de dicho Mesón 26, que creemos instaladas bajo la monumental portada.
Concretamente, sabemos por un borrador de las declaraciones catastrales del año 1770, que la casa de vecinos mesón del Carbón estaba señalada en la ciudad como manzana 474 nº 3, y que se componía de diferentes viviendas altas y bajas de puertas adentro y todas ganan al año según el estado en que hoy estan y libro de cuenta 3.441 reales 27.
Podemos profundizar en el detalle de dichos rendimientos a través de las diferentes cuentas rendidas por los administradores al respectivo poseedor del mayorazgo a lo largo del siglo xviii y parte del xix, hasta su enajenación al Conde de Casa Valencia. Así, por ejemplo, en las cuentas que dio Fernando de Villareal y Cesar a su hermano Bernardino de los 7 años comprendidos entre 1752 y 1758, se establece que los 20 cuartos del corredor primero y los 22 del segundo debían rentar, a plena ocupación, 190 reales y 32 maravedíes mensualmente, en total de los 7 años 16.039 reales y 2 maravedíes, oscilando los precios de cada cuarto entre 4 y 6 reales al mes, salvo dos que se alquilaban conjuntamente en 7 reales. Por otra parte, los 14 cuartos bajos y caballerizas debían rentar los 7 años un total de 7.599 reales y 18 maravedíes, 90 reales con 16 maravedíes al mes, oscilando sus precios entre los 3 y los 10 reales al mes cada cuarto o caballeriza. Por tanto, las habitaciones del Corral debían rentar, a plena ocupación, por el periodo 1752-1758 un total de 23.638 reales y 20 maravedíes. Sin embargo la perdida de rentas por estar vacios los cuartos ascendió a 8.656 reales y 4 maravedíes, más de un tercio de las potenciales rentas, alcanzando los débitos cobrables a 517 reales.
Además de lo anterior, las 4 tiendas, (que solo eran 3 unos años después, en 1770), puertas afuera de dicho Meson debían rentar 32 reales al mes, 2,4,6 y 20 reales cada una, respectivamente, total en los 7 años 2.688 reales, perdiéndose únicamente por desocupación 167 reales en dicho periodo y debiendo los inquilinos 143 reales y 17 maravedíes. Por tanto la media de renta anual del total edificio era en dicho periodo, 1752-1758, de 2.500 reales aproximadamente, lejos de los 3.441 reales que decían cobrarse en 1770.
Claro que a las anteriores rentas había que descontar diversos gastos de mantenimiento, albañilería, carpintería, cerrajería, fontanería, etc. Así por ejemplo en las cuentas de los años 1703 y 1704, en la partida de Repartimientos de cañerías enpedrados y madres, en referencia al Corral del Carbón, aparece un cargo de 26 reales por la limpia y aderezo de la madreruria y tarjea que a ella ba desde el pilar y patio del Meson de el Carbon y madre principal de la dha calle del ABC. Además del anterior gasto, el casero del Mesón, encargado de cobrar los recibos de los inquilinos, pagaba 55 reales anuales por cuidar la cañería que llevaba el agua al inmueble.
Respecto al suministro de agua al Mesón, parece que este no debía de ser satisfactorio por cuanto en 1825 hubo que hacer una obra de cañerías para conducir el agua de Genil al Corral del Puente del Carbon, en la que tuvo que intervenir, durante tres días y medio, un maestro, dos oficiales y dos peones, más el trabajo de un cantero por labrar la caja al pilar y echar una pieza. En total la obra supuso un desembolso de 453 reales con 25 maravedíes. Es conveniente señalar que, con anterioridad a esta obra, el suministro al Mesón provendría del Darro, si nos atenemos a que en 1605 Sebastián de Prado y Andrés Ceballos y su mujer se combinieron en el modo de entrada y salida del agua del Darrillo en el Mesón para su servicio 28.
El deficiente estado del edificio, dada la fragilidad de sus elementos constructivos, debió obligar a periódicas reparaciones, las cuales venían recogidas en las cuentas del mayorazgo de forma global, para todas sus edificaciones. No obstante, en las mencionadas cuentas de los años 1703 y 1704, se dan detalles de las practicadas en cada uno de los inmuebles, quizá por ser algo más complejas o costosas de lo que era habitual. Así, en 1703 se iniciaron obras de albañilería en el Mesón para componer las caballerizas, a una de las cuales se le había hundido el tejado, contratándose durante 10 días, un maestro de albañilería a 8 reales diarios y dos peones a 4 reales, siendo el coste total de la obra 241 reales y medio. El año siguiente, el 31 de julio, se empezó una nueva obra para componer suelos y techos de los aposentos de ambos corredores, contratándose maestro de albañilería y dos peones durante 8 días, pagándose en total 484 reales y medio. Ese mismo año, el 11 de Noviembre de 1704, se empezó nuebamente obra de albañilería y carpintería en el dho meson de el carbón para recorrer tejados chimeneas fuegos y demás que necesitaban los aposentos de dho Meson, para lo cual fue necesaria la intervención de un maestro de albañilería, un oficial y dos peones durante 11 días, además de contratarse un maestro de carpintería durante 6 días, para aderezar las puertas de la calle y las de los aposentos, elevándose el coste total de esta obra a 593 reales.
IL. 3. Cuenta de los inquilinos del Mesón del Carbón, 1744
Pero a pesar de tales mantenimientos y reparaciones, la situación del inmueble en 1826 era tal que se hacía preciso la reedificación de una de sus fachadas, tal y como hizo constar el Maestro del arte de Albañilería, José de Cañas, en su informe de 1 de febrero, según el cual pasó a reconocer, medir y tasar la precisa obra de albañilería que necesitaba el quarteron de la casa corral del carbón, que daba vista su fachada a la plazuela del Excmo. Sr Duque de Abrantes, para labrar tres casas en su planta según demuestra el plano aprobado por S.E. para la reedificación de dha finca.
Afirmaba el maestro de albañilería que se hallaba en dicho quarteron, una pared de toda la longitud, con tres quartas de grueso de cajones de tierra formada sobre varios puntos de pilar y emplanchados, los que se hallan rebentados y sus planchas podridas, por ser de la primera fabrica de la casa, la que siendo forzoso baciarla tanto para labrar ganando el terreno que ocupa como para evitar la grande ruina que amenaza, incluyendo el derribo de tejados y demás divisiones que forman los quartos que hallamos en dha finca pues todos son de la misma fabrica de cajones de tierra.
Para acometer la mencionada reedificación era necesario labrar 16 pilares hechos de ladrillo y medio, 8 en el centro de dicha nave y 8 en el cuadro del corral en los que se sentaron las primeras carreras que quedan a la superficie de la calle por hallarse este terreno subterráneo teniendo a 12 varas de alzado. También había que alforozar las maderas de los suelos de quadrado carreras y estribos y canes de vuelo, necesitándose 227 varas de solería de losetas para los dos suelos de quadrado, además de hacer divisiones interiores en las naves para salas, dormitorios, cocinas y demás separaciones precisas en los aposentos, que serían de citaras y tabiques dobles. Se debían fachear las tres casas a reedificar y rozar el desplomo a la pared, maestreándola y enluciéndola de mezcla cernida, volviendo el ángulo a la calle del Carmen, y abrir 20 claros en el muro de la fachada, de vara y cuarto de grueso, para las ventanas y puertas, además de poner 60 piedras para las puertas y ventanas interiores y exteriores al patio del corral, hacer escaleras para las tres casas, empedrar 210 varas de subterráneos, tejar 427 varas de armadura con mezcla poniendo la teja que faltaba, quitar el escombro sobrante y, por último, poner 3 tinajas de 120 arrobas de cabida de cuatro labores con 2 brocales cada una y un platillo de piedra para cubrirlas. Sumaba toda la obra de albañilería relacionada 34.768 reales y 17 maravedíes. En cuanto a las obras de carpintería que necesitaba el quarteron que daba vista a la Plazuela, con una fachada de 35,5 varas de longitud y 7,5 varas de anchura, el maestro Fernando de Castro había presupuestado para la reedificación de las tres casas en su planta, 37.888 reales, un importe superior, por tanto, a las obras de albañilería.
Estos trabajos de reedificación, que habrían alterado la estructura original del inmueble, no se llegaron a ejecutar, sí nos atenemos al contenido del conocido artículo de Torres Balbás, restaurador del inmueble, Las alhóndigas hispano musulmanas y el Corral del Carbón.
Esta circunstancia parece ratificada por el hecho de que pocos años después, en 1835, al hacerse una tasación del Corral a efectos de contratar un seguro de incendios, solo se valorase el inmueble por su superficie, tres cuerpos de elevación y su planta baja de 36 varas de lactitud con 32 de longitud que hacen 10.368 por 6 reales, 62.208 reales.
IL. 4. El Corral del Carbón a finales del s XIX, Hauser y Menet
IL. 5. Relación de gastos de obras en 1703 y 1704 en el Mesón del Carbón, colección privada
Otras antiguas edificaciones granadinas
Además del Corral del Carbón, se integraron en el mayorazgo fundado por Sebastián de Prado otros inmuebles sitos en el centro urbano granadino, como eran:
El Cortijo de la Torre de Roma
y otras fincas rústicas
Además de las mencionadas fincas urbanas, estaban vinculadas al mayorazgo fundado por Sebastián de Prado una serie de predios rústicos, el más importante de ellos el denominado Cortijo de la Torre de Roma, al que pertenecía la homónima construcción defensiva de origen árabe. Adicionalmente formaban parte del vínculo un haza de tierra calma de riego, ubicada junto a San Lázaro Majarrocal, que rentaba 28 reales, el carmen alquería del Fargue, de riego, cercada, con 2 casas de tierra de labor, olivos, higueras y otros frutales, arrendado en 300 reales. Existían, en la puerta de entrada del Carmen, vestigios de los cimientos de un molino, junto al camino de Guadix. También poseía el mayorazgo un carmen más pequeño, sin casa, por bajo del anterior, de 19 marjales y 52 estadales de riego que rentaba 120 reales.
En cuanto al Cortijo de la Torre de Roma, sabemos, que por una escritura otorgada en Granada ante el escribano Juan de Sosa el 30 de mayo de 1532 29, D. Juan de Alarcón, cazador mayor del rey de Portugal, vendió a Dña. Magdalena de Padilla, el cortijo y torre de Roma con sus tierras agua y pertenencias, bajo los linderos que en ella se expresaban, en precio de 4.500 ducados de oro, siguiendo desde entonces su titularidad las peripecias ya señaladas respecto al Mesón del Carbón hasta su integración posterior en el mayorazgo fundado por Sebastián de Prado. En la mencionada escritura de 1532 se recogían las diligencias de toma de posesión de dicha torre y cortijo y el privilegio de los Reyes Católicos y merced que de él y otras posesiones que expresa se hizo a favor de Martín de Alarcón, alcaide de la villa y castillo de Moclín, en virtud de donación que de ellos había hecho Muley Babelili, último rey moro de Granada, cuya donación se insertaba, y que fue dada en Granada a 3 de mayo de 1492 ante Juan de la Parra secretario de sus majestades, de que se tomó razón por su contador mayor. Dichas operaciones jurídicas fueron confirmadas en Sevilla el 19 de noviembre de 1499, dando testimonio de todo lo anterior el anteriormente mencionado escribano, Juan de Sosa, el 1 de marzo de 1533.
Respecto a las aguas que regaban el cortijo hay constancia de la existencia de numerosos pleitos, tanto en la documentación del mayorazgo como en el fondo municipal granadino sobre el Juzgado de Aguas. Así, el 25 de enero de 1536 se dicta sentencia de revista por el licenciado Montalbo, confirmada 1 de junio de 1554 por el Juez de Apelaciones del Juzgado de Aguas de la ciudad, Hernán Bello, en el procedimiento seguido por D. Juan de Alarcón y D. Pedro de Bobadilla, dueños del Cortijo de Roma, contra D. Pedro, D Diego y Dª María de Santillán, señores de Chauchina, sobre pertenecer al cortijo de Roma regar con el agua que pasa por medio de Chauchina, la que pasa por la acequia y la que va por encima de las viñas de Chauchina desde que sale el lucero del alba hasta vísperas 30.
De igual manera que los de Chauchina debían respetar los derechos de los vecinos de aguas abajo, los propietarios del Cortijo de Roma debían no perjudicar a los de Lachar, y así el mismo licenciado Hernán Bello, Juez de Apelaciones del Juzgado de Aguas, despacha ejecutoria a favor del licenciado Alonso Pérez, señor del cortijo de Lachar, contra D. Pedro de Bobadilla señor del de Roma, en 18 de mayo de 1543, declarando pertenecer a dicho cortijo de Lachar la tercera parte de toda la que lleva la acequia que dicen del Margen que se toma en Zijuela y de las fuentes y demás aguas que en ella entran de cualquier manera, desde la hora de vísperas hasta el lucero del alba 31.
Podemos encontrar una descripción de algunas características del cortijo en el borrador utilizado para hacer la declaración jurada para el catastro de 1770, donde se afirma que se componía el todo de dichas tierras en tres suertes repartidas entre cuatro labradores así de vega como de secano, no constando legítimamente al declarante el número de marjales y fanegas de tierras que cada uno tenía, siendo el beneficio del dueño, bajado el diezmo, la cuarta parte de trigo y cebada, la quinta de mijo, la sexta de habas, maíz y demás semillas, y reconociendo de muchos años los papeles y borradores de la renta del cortijo con la prudencia y correspondencia de años buenos con malos se regulaba la renta de dichos granos en 320 fanegas de trigo, 79 de cebada, 48 de mijo, 20 de habas, 5 de garbanzos, guijas y maíz y 3 de lino.
Los labradores a los que se cedían las suertes vivían en ciertas casas con sus cámaras, corrales, tinados, cuadras y zahúrdas, huertos y pajares techados de teja, por las que se dice no cobrárseles nada. También existían diferentes chozas cubiertas de retama en la que habitaban los mozos o gañanes de dichos labradores y algunos pobres jornaleros, sin cobrarles tampoco arrendamiento alguno, salvo algunos melones y gallinas o capones.
Había además en el cortijo un cuarto granero para recoger las rentas del grano y un cuarto habitación con su horno en el que cocían su pan los labradores, que parecía ser de la Hermandad de las Benditas Ánimas del Cortijo de Chauchina, a quién pagaban en pan el servicio prestado
Para celebrar misa los días de fiesta, existía en el cortijo una ermita con su campana, corriendo el propietario con el gasto de adorno y conservación, unos 100 reales anuales. De dicha ermita poseemos un inventario detallado sin fecha, en el que podemos destacar la existencia en el altar mayor de un retablo antiguo con cuadro de Nuestra Señora de las Nieves, pie de altar con cajones y ara, cruz y candeleros de metal, dos misales, tablas de evangelios, vinajeras, etc. En el cuerpo de la iglesia había un San José y un San Antonio de talla con peana, tres crucifijos, una Dolorosa pequeña que tenía las andas descompuestas, dos cuadros en lienzo con sus marcos, dos pequeños en papel con sus marcos, seis cornucopias, cuatro de ellas con espejo, un vía crucis pequeño, un púlpito, un confesionario, una tabla de ánimas, dos pilas de agua bendita, una banderola del Rosario, cáliz, patena y cucharilla de plata, cuatro purificadores, cuatro corporales, tres albas, un amito, dos manteles de altar, cinco casullas, cinco manípulos, cuatro estolas, dos paños de cáliz, cuatro bolsas de corporales, dos cíngulos, una caja de ostias, un paño de púlpito, un velo de retablo y una campana pequeña.
Pertenecía a dicho cortijo el histórico edificio que ha motivado que nos interesemos especialmente por esta posesión, la torre que llaman de Roma fabricada de muralla antigua del tiempo de moros que esta en el lado del norte a la linde de las tierras de este cortijo y arboleda de dicho Real Soto.
La torre por aquel entonces estaba inhabitable, aunque no tanto para que no sirviese de recogerse en ella el guarda del campo que se nombra para las siembras de dicho cortijo y alguna otra familia de pobres jornaleros sin utilidad ni arrendamiento alguno por ahora a beneficio del dueño de dicho cortijo.
No obstante, el administrador de la posesión en 1770 era bien consciente del prestigio que suponía tan antiguo monumento, pues a pesar de su aparente inutilidad, viene en declarar que la construcción solo se sostiene para la conservación y titulo antiguo del nombre de dicho cortijo de la torre de roma.
Conclusiones
Gracias a la documentación generada por el mayorazgo fundado por Sebastián de Prado y María de Viedma, hemos podido reconstruir quienes fueron los sucesivos propietarios del Corral del Carbón y otras antiguas edificaciones granadinas, como la torre del Soto de Roma, información ignorada hasta la fecha y de indudable interés.
Dicha documentación confirma el antiguo uso del Corral como alhóndiga y posteriormente, al menos a partir de comienzos del siglo xviii, como alojamiento de personas con pocos recursos, dada la estrechez de sus aposentos y sus deficientes condiciones de habitabilidad. En este sentido el propio nombre de mesón, utilizado en todos los papeles del mayorazgo, es bien indicativo de su utilización como posada. No se ha podido comprobar su destino como corral de comedias, pero se ha averiguado que la propietaria del edificio en el último tercio del siglo xvii, María de Vivero, era también dueña del conocido corral de comedias de Almagro, lo que puede ser indicio del mencionado destino.
El suministro de agua al mesón se realizaba hasta 1825 desde el Darro, año en el que se hicieron obras para traer también agua desde el Genil, tal y como reconoció Torres Balbás al restaurar el edificio entre 1929 y 1931.
La pobreza de los materiales con los que estaba construido el Mesón del Carbón debió hacer necesaria la realización de frecuentes obras de reparación, similares a las documentadas en 1703 y 1704, a pesar de las cuales el inmueble no dejó de deteriorarse, hasta el punto de que en 1826 era preciso acometer la reedificación de una de las crujías, operación que creemos no llegó a realizarse, a tenor de la descripción del estado del edificio hecha por Torres Balbás, en la que se reconocen, sin embargo, transformaciones importantes de la construcción original, roturas de solados y cubiertas, apertura de huecos en muros, sustitución de viguetas, etc.
Para finalizar, conviene destacar la fina estrategia patrimonial de los fundadores del mayorazgo, integrando un conjunto de bienes de distinta naturaleza, generadores de rentas complementarias, de manera que, junto a importantes bienes rústicos, productores de abundantes rentas en especie de carácter agrícola, se encontraban las cuantiosas rentas monetarias que proporcionaban sus múltiples inmuebles urbanos, dedicados unos, al alojamiento de particulares, destinados los otros, al lucrativo comercio, de tanta tradición en la metrópoli granadina.
NOTAS
1. N. del E.: la cursiva indica extractos textuales de los documentos y manuscritos analizados.
2. Testimonio del inventario practicado el 8 de noviembre de 1725 sobre los papeles y escrituras del mayorazgo, legajo 1. Colección particular. En la mencionada escritura de 1530 se contenían las cédulas de merced que en el año de 1500 hicieron del los Reyes Católicos a Sancho de Arana ascendiente del vendedor.
3. Borrador de inventario de papeles del mayorazgo efectuado en marzo de 1779, pieza 5. Colección particular.
4. Testimonio cit., legajo 1.
5. Borrador de inventario de papeles del mayorazgo efectuado en marzo de 1780, pieza 62. Colección particular.
6. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 39.
7. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 21.
8. Testimonio cit., legajo 1.
9. Testimonio cit., legajo 1
10. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 56.
11. Ibid., pieza 12.
12. Testimonio cit., legajo 1.
13. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 9.
14. Testimonio cit., legajo 1.
15. Ibid., legajo 2.
16. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 109.
17. Ibid., pieza 73.
18. Ibid., pieza 106.
19. GARCÍA DE LEÓN ÁLVAREZ, Concepción. La construcción del Corral de Comedias de Almagro.
20. Ibid.
21. Borrador marzo de 1780 cit., piezas 85 y 68.
22. Ibid., piezas 65 y 110.
23. Testimonio cit.
24. Junta de Andalucía, Blog de la Consejería de Cultura. El Corral del Carbón. Una apresurada declaración de Monumento Artístico para evitar su derribo (1918).
25. Borrador de la relación jurada que hizo el administrador del mayorazgo en cumplimiento del bando mandado publicar el 29 de agosto de 1741 por el corregidor de Granada. Colección particular.
26. Declaraciones juradas de este mayorazgo para el catastro del año 1770, borrador. Colección particular.
27. Declaraciones juradas 1770 cit.,
28. Borrador marzo de 1780 cit., pieza 10.
29. Ibid., pieza 17
30. Ibid., pieza 6
31. Ibid., pieza 8